- La variación de los avalúos a nivel nacional es, en promedio, de un 35,3%. En montos, las mayores alzas las registran comunas como Las Condes, Lo Barnechea, Santiago, Puente Alto, Providencia, La Florida, Maipú y La Serena, entre otras.
- Del total de propiedades no agrícolas, registradas en el catastro de bienes raíces del SII, cerca del 60% resultó exento del pago del impuesto territorial (o contribuciones).
Desde hoy están publicados, en el Portal de Reavalúo No Agrícola 2018 disponible en sii.cl, los nuevos valores o la tasación fiscal de alrededor de 6,6 millones de bienes raíces no agrícolas, de acuerdo con los resultados del proceso de Reavalúo para este tipo de predios que corresponde aplicar cada 4 años, según lo establecido en la Ley N° 17.235 sobre Impuesto Territorial.
Estos nuevos avalúos rigen desde el 1 de enero de 2018 y fueron determinados en un proceso de reavalúo efectuado por el SII en distintas etapas, entre las que se incluye la tasación masiva mediante la cual se actualizan los avalúos o valores fiscales individuales de las propiedades.
Este proceso de actualización de los avalúos fiscales considera las plusvalías o minusvalías que el mercado ha experimentado en un período de tiempo, asociados a temas como la implementación de nuevos servicios (Metro y hospitales, entre otros) o, en el sentido inverso, a la instalación de basurales o sitios eriazos en el entorno de un área determinada.
Así, el avalúo de una propiedad se determina a través del estudio realizado mediante conocimientos técnicos apoyados con herramientas tecnológicas, que fijan, entre otros, los valores de terreno y construcción, tomando en cuenta el comportamiento del mercado inmobiliario, entre otros aspectos.
Entre los principales resultados de este proceso destacan que el avalúo fiscal de los bienes raíces aumentó en un 35,3% a nivel nacional. En montos, las comunas que registraron las mayores alzas son Las Condes, Lo Barnechea, Santiago, Puente Alto, Providencia, La Florida, Maipú, La Serena, Vitacura y Viña del Mar, entre otras.
Los resultados del proceso de reavalúo sirven de base para determinar las propiedades gravadas o exentas y cuando proceda el Impuesto Territorial que corresponde pagar en cuotas, más conocido como contribuciones. En este caso, del total de propiedades no agrícolas registradas en el catastro de bienes raíces del SII, cerca del 60% resultó exento.
App e-Reavalúo
Con el objeto de seguir entregando herramientas de facilitación a los contribuyentes a través del uso de la tecnología, junto con la entrega de los resultados del proceso de Reavalúo 2018, el SII presenta su cuarta app llamada e-Reavalúo, la que está disponible desde hoy para todo tipo de dispositivos móviles (teléfonos y tablet), destinada a poner a disposición de las personas toda la información asociada a los nuevos avalúos de los bienes raíces no agrícolas.
Para ingresar a la app los contribuyentes deberán utilizar la misma clave con la que operan en nuestro sitio web. Con esto, accederán a las propiedades asociadas a su Rut y que estén registradas en el catastro de bienes raíces del SII.
¿Cómo se determina el avalúo de una propiedad?
El avalúo de una propiedad considera la suma de los valores de terreno y de construcción de una propiedad. Para determinar el avalúo de un terreno, se debe multiplicar la superficie de terreno por el valor unitario del metro cuadrado, definido previamente para el área o sector donde se ubica la propiedad (denominada área homogénea), entre otros factores.
El área homogénea está compuesta por predios de similares características en cuanto a uso de suelo, categoría constructiva, nivel de densificación y otras variables urbanas. Para este proceso de Reavalúo, se consideró el análisis de 13.859 áreas homogéneas existentes en el país.
En tanto, el avalúo de las construcciones se determina multiplicando la superficie de la construcción por el valor unitario del metro cuadrado respectivo, el cual considera el material estructural y la calidad de la construcción, entre otros aspectos. También se considera la antigüedad y características especiales, por ejemplo, si corresponde a una mansarda, subterráneo o zócalo, entre otras.
Cabe señalar que el valor definitivo de las contribuciones que las propiedades cancelarán a partir de la cuota de abril se determinará solo una vez que se publique el DS que fija la tasa del impuesto, el que actualmente se encuentra en el proceso de toma de razón en la Contraloría General de la República.
fuente: http://www.sii.cl/noticias/2018/230118noti01er.htm